¿Cuánto cuesta (de verdad) registrar una casa en el Registro de la Propiedad?

En cualquier compraventa hay pasos importantes y pasos muy importantes. No es un trámite gratuito, tampoco obligatorio, pero sí es 100 % recomendable.

En cualquier compraventa hay pasos importantes y pasos muy importantes. Y registrar (o inscribir) la vivienda que acabas de comprar en el Registro está, sin ninguna duda, en la segunda categoría.

Sobre todo porque, en pocas palabras, será la confirmación oficial de que ahora es de tu propiedad.

No es un trámite gratuito, tampoco obligatorio, pero sí es 100 % recomendable.

Quédate hasta el final si quieres saber por qué hacerlo, además de cuánto cuesta.

Como siempre, si te quedan dudas, puedes utilizar la sección de comentarios para compartirlas con los más de 14.000 lectores mensuales de este blog.

Me comprometo a responder lo antes posible.

Registrar una propiedad en el Registro, ¿es obligatorio?

Esta es, quizá, una de las preguntas más habituales sobre el tema que nos ocupa hoy. Y la respuesta es que no, al menos en España.

No obstante, las consecuencias de no hacerlo son desproporcionadas en relación con el coste económico que supone sí hacerlo.

Algunas de esas consecuencias son:

  • Pérdida de seguridad jurídica: Registrar la vivienda que acabas de comprar te proporciona seguridad jurídica como propietario y te protege ante terceros.
  • Una vivienda no inscrita, no se puede hipotecar: Según el artículo 1875 del Código Civil, un préstamo hipotecario se debe inscribir en el Registro. Para que esa inscripción sea válida, la vivienda que actúa como garantía debería estar inscrita también. En cualquier caso, leyes a parte, ningún banco te concederá un préstamo hipotecario por una vivienda no registrada.
  • Complicaciones extra al transmitir la vivienda: Suponiendo que decidas no registrar tu vivienda en el Registro, si algún día decides vender, te resultará mucho más difícil. El comprador tendrá serios problemas para certificar que tú eres el propietario legítimo y no podrá comprobar si la vivienda tiene cargas.

Teniendo en cuenta que, como veremos un poco más adelante, la tarifa del registro nunca será superior a los 2.181,67 euros, llevar a cabo el registro parece una buena decisión, aunque no sea obligatorio.

Real Decreto 1427/1989 ¿Cuesta lo mismo registrar una propiedad en Barcelona que en Madrid?

La respuesta es sí. Cuesta lo mismo en Barcelona, en Madrid, o en cualquier otra ciudad española.

El motivo es que las tarifas están reguladas y definidas en el Real Decreto 1427/1989 de aprobación de aranceles de los Registradores de la Propiedad y son las mismas en todo el territorio nacional.

Tarifas oficiales y por qué calcular este y otros gastos antes de empezar a buscar piso

La forma de calcular el coste del Registro, es mediante la aplicación de una tasa que variará en función del valor de escrituración de la vivienda.

La tasa será menor cuanto mayor sea el valor de escrituración y, el coste total, nunca será inferior a 24,04 euros ni superior a 2.181,67 euros.

Estas son las tasas según el Real Decreto 1427/1989:

tarifas oficiales registrar vivienda
Tasas para calcular el coste del Registro de una Vivienda

El registro es un gasto que hay que sumar al resto de gastos asociados a la compra de una vivienda.

En mi opinión está más que justificado. Ahora ya conoces las consecuencias de no hacerlo.

Pero a nadie le gustan los gastos inesperados.

Por eso, en Grupo Tu Inmobiliaria, siempre recomendamos hacer un cálculo de todo lo que puedes llegar a gastar en la compra. Y recomendamos hacerlo antes de empezar a buscar piso, para evitar sorpresas y estar preparado para lo que venga.

De hecho, tienes a tu disposición un artículo en el que hablamos de eso. Te lo dejo a continuación:

->¿Cuánto cuesta vender una casa?

Lo cierto es que el trámite es sencillo y rápido. Por norma general, una vez presentada la solicitud, el Registro dispone de 15 días hábiles para responder.

¿Qué sucede en la mayoría de las compraventas? Que como el comprador suscribe un préstamo hipotecario, la gestoría del banco se encarga de todo.

Recuerda que, como vimos anteriormente, no se puede inscribir el préstamo sin la vivienda. Así que al banco le interesa que todo se gestione correctamente.

Si no interviniera el banco en la operación, podrás realizar los trámites por tu cuenta, contratar los servicios de una gestoría especializada o solicitar los servicios de la Notaría, si los prestara.

Una vez realizada la inscripción en el Registro, este notificará al Catastro el cambio de propietario de forma automática.

Antes de acudir al Registro de la Propiedad…

Hay cierta documentación que debes tener preparada.

Como una copia autorizada de la Escritura de Compraventa, el justificante de haber presentado el documento para el pago de la Plusvalía Municipal y el justificante de haber cumplido con tus obligaciones fiscales.

Por ejemplo, en el caso de una vivienda heredada o procedente de una donación, deberás presentar el justificante de pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Si has comprado una vivienda de Obra Nueva, justificante de pago del IVA, y si se trata de una vivienda de segunda mano, justificante el pago del Impuesto sobre las transmisiones patrimoniales o ITP.

La presentación se puede realizar de forma presencial en la oficina registral correspondiente al territorio donde se ubica la vivienda, o de forma telemática si lo hace directamente el notario responsable de la transmisión.

Ventajas de registrar tu vivienda

Incluso el propio Colegio de Registradores de España nos avisa de todos los beneficios de registrar la vivienda.

Los detalla de la siguiente manera:

  • El comprador quedará plenamente protegido en el derecho que ha adquirido, pues solo si inscribe su derecho en el Registro, será considerado como único y verdadero propietario mientras no se declare lo contrario en sentencia judicial.
  • Quedará protegido frente a los acreedores del vendedor y frente a cargas ocultas que pudieran afectar a la vivienda
  • Podrá obtener protección judicial de su derecho en caso de que sea discutido por otros o perturbe su posesión.
  • Nadie podrá adquirir con eficacia ningún derecho sobre su vivienda sin obtener previamente su consentimiento
  • Podrá obtener un préstamo hipotecario con el que financiar la adquisición de la vivienda.

Conclusión

Registrar tu vivienda tras una transmisión, ya sea causada por una compraventa, una herencia o una donación, es un trámite legalmente voluntario, pero absolutamente necesario para estar protegido frente a la ley.

Además, aunque tiene un coste económico, este no es excesivamente elevado, sobre todo si lo comparamos con el valor total de la operación.

Existen aún muchas propiedades sin registrar en España. Normalmente, en zonas rurales.

Respecto a eso, dos cosas a tener en cuenta:

  • Se puede llegar a registrar, aunque el trámite no suele ser rápido.
  • Existe la creencia de que una propiedad no registrada, no tiene que tributar en el Impuesto sobre los Bienes Inmuebles (IBI), pero no es cierto.

Como siempre, espero que el contenido te haya resultado útil. Estaré encantado de leer tus comentarios y resolver tus dudas.

Hasta la próxima.

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